RELACIÓN LABORAL
Relación laboral: relación existente entre una persona física (trabajador) que se compromete personal y voluntariamente a prestar sus servicios profesionales y el empresario (persona física o jurídica) quien dirige el trabajo y se obliga a abonar una retribución o salario al trabajador.
Siempre que existan los siguientes requisitos habrá una relación laboral:
- DEPENDENCIA: el trabajador tiene que aceptar las ordenes y dirección de la empresa.
- POR CUENTA AJENA: el resultado del trabajo no es del trabajador sino del empresario.
- VOLUNTARIEDAD: el trabajador tiene la libertad de decidir si trabaja o no, nadie le puede obligar a trabajar en aquella actividad laboral que no quiera.
- RETRIBUIDO: a cambio del trabajo realizado se percibe un salario.
- PERSONAL: el trabajador tiene que realizar el trabajo personalmente y no puede ser realizado por otra persona en su nombre.
CONSECUENCIAS DE UNA RELACIÓN LABORAL:
- El empresario y el trabajador estarán obligados a pactar las condiciones laborales en un documento denominado contrato de trabajo, este se podrá realizar de forma oral u escrita.
- El empresario tendrá la obligación de dar de alta al trabajador en la Seguridad Social.
- En todo lo referente a derechos y deberes se aplicará la normativa laboral o derecho del trabajo.
Tipos de relaciones laborales que existen:
- Según el contrato de la relación de trabajo.
- Teniendo en cuenta el tipo de empleador.
- En función del tiempo de relación (determinado o indeterminado).
Tres elementos de la relación laboral que deben estar presentes en ella son:
- Subordinación.
- Remuneración.
- Prestación personal del servicio.
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