DERECHOS Y DEBERES BÁSICOS DEL TRABAJADOR

 

Los derechos y deberes básicos del trabajador se recogen en el Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 4.

En derecho laboral hay dos tipos de derechos fundamentales:

ESPECÍFICOS: corresponden al trabajador por su calidad de tal.

INESPECÍFICOS: corresponden al general de las personas, pero se aplican al trabajador ciudadano en su calidad de ciudadano trabajador.


Los derechos básicos de los trabajadores son:

  • Todas las personas tienen derecho al trabajo y al poder elegir libremente la profesión u oficio que se quiera realizar.
  • Derecho a la libre sindicación.
  • Derecho a la negociación colectiva.
  • Posibilidad de adoptar medidas de conflicto colectivo.
  • Derecho a hacer huelga.
  • Derecho a reunirse.
  • Derecho a recibir información, realizar consultas y participar activamente en la empresa.
Además de estos derechos básicos mencionados anteriormente, existen otros:
  • Derecho a la ocupación efectiva.
  • Derecho a promocionarse laboralmente y a acceder a la formación profesional.
  • Derecho a no ser discriminados para el empleo a desarrollar, ya sea de forma directa como indirecta.
  • Protección de la integridad física.
  • Respeto a la intimidad del trabajador y la preservación de su dignidad.
  • Todo trabajador tiene derecho a cobrar puntualmente su salario.
  • Derecho a ejercer de forma individual las acciones derivadas del contrato laboral.






Los deberes laborales básicos de los trabajadores son:
  • Cumplir las obligaciones que se derivan del puesto de trabajo y actuar de buena fe con la empresa.
  • Cumplir de forma responsable con las medidas de seguridad e higiene que corresponda. 
  • Cumplir las órdenes e instrucciones de los superiores.
  • No concurrir con la actividad de la empresa, al menos en los términos que fija la Ley.
  • Intentar contribuir a la mejora de la productividad empresarial.
  • Los deberes que se deriven del propio contrato de trabajo.

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